DISCURSO PRONUNCIADO EL 1 DE FEBRERO
DE 2018, EN LA FACULTAD DE DERECHO DE LA INSTITUCIÓN UNIVERSITARIA DE ENVIGADO, DURANTE LA INDUCCIÓN DE LOS ESTUDIANTES NUEVOS.
POR: JUAN FELIPE DÍEZ CASTAÑO.
Quiero
iniciar este discurso, dándoles una bienvenida a esta casa de conocimientos que,
como institución de carácter público, está concebida para procurar un intenso impacto
que produzca transformaciones sociales positivas.
Hoy
están ustedes aquí reunidos, y quizá hasta el momento no hayan valorado la
importancia del compromiso que por el hecho de iniciarse en el estudio de la disciplina jurídica, han adquirido. A partir de ahora, todos quienes ocupan un
asiento en este auditorio, son los herederos de aquellos que hace más de
doscientos años, de manera valiente, señalaron, por primera vez en la historia
de la humanidad, en un documento lo siguiente:
“Sostenemos como evidentes estas verdades:
que todos los hombres son creados
iguales (y subrayo todos); y que están dotados por su creador de
ciertos derechos inalienables; entre los cuales están la vida, la libertad y la búsqueda de la felicidad…”
Quienes
así se pronunciaron en el año 1776, en la famosa declaración de independencia
de los Estados Unidos de Norteamérica, no se imaginaron que estaban, de cierto
modo, inventando los derechos humanos. Más adelante los franceses, en 1789,
retomarían esas palabras, y las consignarían
de una manera más amplia en la declaración de los derechos del hombre y del
ciudadano. Desde entonces han existido otros hítos, otros sucesos, de igual o mayor valía, encarnados por la valentía de aquellos quienes creían en estas ideas.
No se puede perder de vista la importancia del legado que nos han transmitido, a quienes hacemos parte de la disciplina del derecho, sea como estudiantes o como abogados, esos hombres y mujeres que empeñaron toda su vida e incluso llegaron a derramar su sangre, en la defensa de los derechos humanos, pues estos derechos, sin lugar a duda, y creo que nadie me desmentiría, se nos presentan como primus inter iuris (los primeros de todos los derechos).
No se puede perder de vista la importancia del legado que nos han transmitido, a quienes hacemos parte de la disciplina del derecho, sea como estudiantes o como abogados, esos hombres y mujeres que empeñaron toda su vida e incluso llegaron a derramar su sangre, en la defensa de los derechos humanos, pues estos derechos, sin lugar a duda, y creo que nadie me desmentiría, se nos presentan como primus inter iuris (los primeros de todos los derechos).
A lo largo de la historia han existido abogados que
han honrado ese compromiso del que he venido hablando, pero también han
existido, “juristas”, que han traicionado ese valioso encargo del pasado, y con
su conducta han apoyado la destrucción de la dignidad humana, cruzando todo
tipo de límites, de manera miserable.
De entre los que podemos admirar, basta citar algunos
ejemplos:
Nadie duda de la importancia de Charles Luis de
Secondat, Barón de Montesquieu, quien en el siglo XVIII, formuló la teoría de
la tridivisión del poder público en tres ramas (ejecutivo, legislativo y
judicial), para evitar que un solo hombre concentrara el poder absoluto en un
Estado, y no propiciar tiranías. Él era abogado.
Todos admiran a Cesare Beccaria quien, en el siglo
XVIII, contribuyó con sus tesis a limitar el poder de castigar del Estado, sometiéndolo
a unas reglas y principios, con el fin de humanizar el derecho penal,
oponiéndose por ejemplo a la tortura, que hasta entonces era un método válido
de obtener una confesión.
También tiene un lugar para el recuerdo, aquel hoy
menospreciado abogado austriaco, Hans Kelsen, quien en el siglo XX, con su teoría
pura del derecho, pretendió crear unas reglas formales abstractas, a través de
las cuales buscó garantizar que la ley, no fuera utilizada como un instrumento
que se podía moldear a los intereses de aquellos que, embriagados de ideologías
fanáticas como el fascismo y el comunismo, implementaron utopías regresivas,
que terminaron causando, por ejemplo, más de 70 millones de muertos durante la
segunda guerra mundial.
Tenemos a Francisco de Paula Santander, abogado y padre
fundador de la república de Colombia, quien entendió en el siglo XIX, que el
papel del derecho es proteger al
débil del más fuerte; por eso su famosa frase, que se encuentra tallada
en el capitolio nacional donde le da
un papel secundario a las armas, que se pueden convertir en un instrumento de
dominación, y más bien, uno preponderante a la ley:
“Compatriotas, las armas os dieron la independencia,
pero la ley os dará la libertad”.
Finalmente hago
referencia al Doctor Jose Félix de Restrepo, cuyo nombre hoy lo lleva el
palacio de justicia de la ciudad de Medellín, conocido como “la alpujarra”;
quizá hoy nadie recuerde que él fue un defensor de la libertad, y que en 1814,
presentó, en calidad de parlamentario del congreso Antioqueño (En ese entonces
Antioquia era un recien creado Estado Federal), la primera ley de liberación de los esclavos
en la historia de Colombia, que fue aprobada, pero que no se pudo llevar a cabo
producto de la cruenta reconquista española. El sueño del Doctor Jose Félix de
Restrepo, de ver los esclavos libres de sus cadenas, solo se haría realidad 37
años después, cuando el congreso, por iniciativa del presidente Jose Hilario López, aprobó la ley 21 de 1851.
Solo quiero hacer
referencia a dos de esos abogados que no estuvieron a la altura del compromiso,
para que ustedes los tengan como referente de la conducta que un jurista nunca
debe observar:
Posiblemente porque se supo
acomodar en la Alemania de la Posguerra y hábilmente hacerse pasar como un
ilustre constitucionalista, hoy nadie sabe que Carl Schmitt, ese “celebre”
doctrinante del derecho, del país del Volkswagen, con sus tesis en los años 30,
contribuyó a que los nazis, construyeran el soporte jurídico para de manera
legal, llevar a cabo el exterminio de más de 4 millones de personas en más de
15.000 campos de concentración: judíos, gitanos, homosexuales y opositores
políticos que defendían la democracia liberal y republicana, contra la que
Hitler estaba en contra. Schmitt en esa época escribió su famoso ensayo “El Fuhrer como guardián del derecho”,
en la que sustentaba que la mera voluntad de Hitler, estaba por encima de
cualquier constitución o ley, lo que contribuyó a que los nazis, ignoraran
todas las leyes que hasta antes de la
llegada de Hitler al poder, existían en Alemania, normas que de haberse
respetado, hubieran podido limitar a esos criminales, en el sentido más
ontológico del adjetivo, en la ejecución de las imborrables y dolorosas
atrocidades que cometieron contra la humanidad.
En 1920, Karl Binding,
una de las figuras más prominentes del derecho penal alemán, escribiría su obra
“Autorización para destruir las vidas
de quienes no merecen vivir”, que finalmente dio el sustento ideológico
y jurídico a las autoridades de la Alemania nazi, para implementar el programa “Aktion T4”, en el
que asesinaron a 170.000 personas (hombres, mujeres, niños y ancianos) solo por tener discapacidades físicas y
mentales, con el fin de “purificar la raza aria”.
Estos últimos ejemplos planteados atrás, deleznables desde cualquier punto de vista, deben servir para que ustedes sean conscientes de que al ingresar a estudiar esta profesión, se encuentran implícitamente obligados a cumplir una especie de pacto, y dicho
pacto es que de aquí en adelante, emplearán todo el conocimiento que esta
universidad les entregará, para construir un mundo mejor (tal vez), donde los derechos
humanos y los valores que erigen la democracia republicana, en un marco de
intensa tolerancia, paz, fraternidad y amor, sean una realidad material (otra véz tal vez).
La defensa de los derechos humanos, he aquí, la expresión breve pero inconmensurablemente compleja, que resume la honrosa carga les corresponde asumir, para honrar la que será su profesión: la de abogado.
La defensa de los derechos humanos, he aquí, la expresión breve pero inconmensurablemente compleja, que resume la honrosa carga les corresponde asumir, para honrar la que será su profesión: la de abogado.
Muchas gracias.
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