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jueves, 1 de febrero de 2018

DISCURSO PRONUNCIADO EL 1 DE FEBRERO DE 2018, EN LA FACULTAD DE DERECHO DE LA INSTITUCIÓN UNIVERSITARIA DE ENVIGADO, DURANTE LA INDUCCIÓN DE LOS ESTUDIANTES NUEVOS.



DISCURSO PRONUNCIADO EL 1 DE FEBRERO DE 2018, EN LA FACULTAD DE DERECHO DE LA INSTITUCIÓN UNIVERSITARIA DE ENVIGADO, DURANTE LA INDUCCIÓN DE LOS ESTUDIANTES NUEVOS.
POR: JUAN FELIPE DÍEZ CASTAÑO.
Quiero iniciar este discurso, dándoles una bienvenida a esta casa de conocimientos que, como institución de carácter público, está concebida para procurar un intenso impacto que produzca transformaciones sociales positivas.
Hoy están ustedes aquí reunidos, y quizá hasta el momento no hayan valorado la importancia del compromiso que por el hecho de iniciarse en el estudio de la disciplina jurídica, han adquirido. A partir de ahora, todos quienes ocupan un asiento en este auditorio, son los herederos de aquellos que hace más de doscientos años, de manera valiente, señalaron, por primera vez en la historia de la humanidad, en un documento lo siguiente: 
“Sostenemos como evidentes estas verdades: que todos los hombres son creados iguales (y subrayo todos); y que están dotados por su creador de ciertos derechos inalienables; entre los cuales están la vida, la libertad y la búsqueda de la felicidad…
Quienes así se pronunciaron en el año 1776, en la famosa declaración de independencia de los Estados Unidos de Norteamérica, no se imaginaron que estaban, de cierto modo, inventando los derechos humanos. Más adelante los franceses, en 1789, retomarían esas palabras, y las consignarían de una manera más amplia en la declaración de los derechos del hombre y del ciudadano. Desde entonces han existido otros hítos, otros sucesos, de igual o mayor valía, encarnados por la valentía de aquellos quienes creían en estas ideas. 
No se puede perder de vista la importancia del legado que nos han transmitido, a quienes hacemos parte de la disciplina del derecho, sea como estudiantes o como abogados, esos hombres y mujeres que empeñaron toda su vida e incluso llegaron a derramar su sangre, en la defensa de los derechos humanos, pues estos derechos, sin lugar a duda, y creo que nadie me desmentiría, se nos presentan como primus inter iuris (los primeros de todos los derechos).
A lo largo de la historia han existido abogados que han honrado ese compromiso del que he venido hablando, pero también han existido, “juristas”, que han traicionado ese valioso encargo del pasado, y con su conducta han apoyado la destrucción de la dignidad humana, cruzando todo tipo de límites, de manera miserable.
De entre los que podemos admirar, basta citar algunos ejemplos:
Nadie duda de la importancia de Charles Luis de Secondat, Barón de Montesquieu, quien en el siglo XVIII, formuló la teoría de la tridivisión del poder público en tres ramas (ejecutivo, legislativo y judicial), para evitar que un solo hombre concentrara el poder absoluto en un Estado, y no propiciar tiranías. Él era abogado.
Todos admiran a Cesare Beccaria quien, en el siglo XVIII, contribuyó con sus tesis a limitar el poder de castigar del Estado, sometiéndolo a unas reglas y principios, con el fin de humanizar el derecho penal, oponiéndose por ejemplo a la tortura, que hasta entonces era un método válido de obtener una confesión.
También tiene un lugar para el recuerdo, aquel hoy menospreciado abogado austriaco, Hans Kelsen, quien en el siglo XX, con su teoría pura del derecho, pretendió crear unas reglas formales abstractas, a través de las cuales buscó garantizar que la ley, no fuera utilizada como un instrumento que se podía moldear a los intereses de aquellos que, embriagados de ideologías fanáticas como el fascismo y el comunismo, implementaron utopías regresivas, que terminaron causando, por ejemplo, más de 70 millones de muertos durante la segunda guerra mundial.
Tenemos a Francisco de Paula Santander, abogado y padre fundador de la república de Colombia, quien entendió en el siglo XIX, que el papel del derecho es proteger al débil del más fuerte; por eso su famosa frase, que se encuentra tallada en el capitolio nacional donde le da un papel secundario a las armas, que se pueden convertir en un instrumento de dominación, y más bien, uno preponderante a la ley:  
“Compatriotas, las armas os dieron la independencia, pero la ley os dará la libertad”.
Finalmente hago referencia al Doctor Jose Félix de Restrepo, cuyo nombre hoy lo lleva el palacio de justicia de la ciudad de Medellín, conocido como “la alpujarra”; quizá hoy nadie recuerde que él fue un defensor de la libertad, y que en 1814, presentó, en calidad de parlamentario del congreso Antioqueño (En ese entonces Antioquia era un recien creado Estado Federal), la primera ley de liberación de los esclavos en la historia de Colombia, que fue aprobada, pero que no se pudo llevar a cabo producto de la cruenta reconquista española. El sueño del Doctor Jose Félix de Restrepo, de ver los esclavos libres de sus cadenas, solo se haría realidad 37 años después, cuando el congreso, por iniciativa del presidente Jose Hilario López, aprobó la ley 21 de 1851.
Solo quiero hacer referencia a dos de esos abogados que no estuvieron a la altura del compromiso, para que ustedes los tengan como referente de la conducta que un jurista nunca debe observar:
Posiblemente porque se supo acomodar en la Alemania de la Posguerra y hábilmente hacerse pasar como un ilustre constitucionalista, hoy nadie sabe que Carl Schmitt, ese “celebre” doctrinante del derecho, del país del Volkswagen, con sus tesis en los años 30, contribuyó a que los nazis, construyeran el soporte jurídico para de manera legal, llevar a cabo el exterminio de más de 4 millones de personas en más de 15.000 campos de concentración: judíos, gitanos, homosexuales y opositores políticos que defendían la democracia liberal y republicana, contra la que Hitler estaba en contra. Schmitt en esa época escribió su famoso ensayo “El Fuhrer como guardián del derecho”, en la que sustentaba que la mera voluntad de Hitler, estaba por encima de cualquier constitución o ley, lo que contribuyó a que los nazis, ignoraran todas las leyes que hasta  antes de la llegada de Hitler al poder, existían en Alemania, normas que de haberse respetado, hubieran podido limitar a esos criminales, en el sentido más ontológico del adjetivo, en la ejecución de las imborrables y dolorosas atrocidades que cometieron contra la humanidad.
En 1920, Karl Binding, una de las figuras más prominentes del derecho penal alemán, escribiría su obra “Autorización para destruir las vidas de quienes no merecen vivir”, que finalmente dio el sustento ideológico y jurídico a las autoridades de la Alemania nazi, para implementar el programa “Aktion T4”, en el que asesinaron a 170.000 personas (hombres, mujeres, niños y ancianos) solo por tener discapacidades físicas y mentales, con el fin de “purificar la raza aria”.
Estos últimos ejemplos planteados atrás,  deleznables desde cualquier punto de vista, deben servir para que ustedes sean conscientes de que al ingresar a estudiar esta profesión, se encuentran implícitamente obligados a cumplir una especie de pacto, y dicho pacto es que de aquí en adelante, emplearán todo el conocimiento que esta universidad les entregará, para construir un mundo mejor (tal vez), donde los derechos humanos y los valores que erigen la democracia republicana, en un marco de intensa tolerancia, paz, fraternidad y amor, sean una realidad material (otra véz tal vez). 

La defensa de los derechos humanos, he aquí, la expresión breve pero inconmensurablemente compleja, que resume la honrosa carga les corresponde asumir, para honrar la que será su profesión: la de abogado.


Muchas gracias.

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